1. Colocar la luz sólo en la parte trasera, pues en la delantera no es obligatoria. 2. Señalizar la carga con una luz roja en la parte posterior y una luz blanca en la anterior. 3. Colocar un trapo rojo a cada lado de la carga. 19. Pregunta.
Art. 42. Uso obligatorio de alumbrado. 1.Todoslos vehículos que circulen entre la puesta y la salida del sol o a cualquier hora del día, en los túneles y demás tramos de vía afectados por la señal "túnel", deben llevar encendido el alumbrado que corresponda, de acuerdo con lo que reglamentariamente se establezca. 2.Según la Ley de Tráfico actualmente en vigor, hay infracciones de aparcamiento leves y graves: las primeras conllevan una multa de 80€, y las segundas se sancionan con multa de 200€. En ambos casos existe la posibilidad de acogerse al procedimiento abreviado pagando la mitad del importe indicado. En aquellos supuestos en los que el
En vías urbanas solamente se puede realizar la parada y el estacionamiento en el lado derecho si la vía es de doble sentido y si la vía es de sentido único se podrá parar y estacionar en ambos lados.
Una detención se produce cuando se inmoviliza un vehículo por emergencia, por necesidades de la circulación o para cumplir algún precepto reglamentario. Por ejemplo, en un atasco, en unqf4XnG.